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NOVEDADES DECLARACIÓN DE RENTA 2014

Retomando el hilo del post anterior, procedemos ahora a comentar las novedades que van a afectar a la declaración de la renta del ejercicio 2014. 

 

Respecto a los rendimientos del trabajo, se impone como límite exento para la indemnización por despido la cifra de 180.000 euros. Es decir, las indemnizaciones inferiores a dicho importe seguirán estando exentas, pasando a tributar las que lo superen.

En lo referente a actividades económicas en estimación directa, se mantienen la limitación a la deducibilidad de los gastos por amortización y el límite máximo de la deducción del fondo de comercio e inmovilizado intangible con vida útil indefinida. Ambas limitaciones son aplicables a contribuyentes que no sean consideradas empresas de reducida dimensión. Asimismo se prorroga la reducción por mantenimiento o creación de empleo.

Dentro de las actividades económicas en estimación objetiva, se establece un nuevo índice corrector en relación con los cultivos de tierras de regadío que utilicen energía eléctrica. Desde el 1 de enero de 2014 están obligados a llevar el libro registro de ventas e ingresos los contribuyentes que ejerzan las actividades económicas en estimación objetiva susceptibles de retención al 1%.

En cuanto a las ganancias patrimoniales, con efectos desde el 1 de enero de 2014 y ejercicios anteriores no prescritos, se declaran exentas las ganancias puestas de manifiesto con la dación en pago de la vivienda habitual para la cancelación de deudas hipotecarias y la transmisión de vivienda realizada en ejecuciones hipotecarias judiciales o notariales. En ambos casos se establece como requisito que el deudor no disponga de otros bienes o derechos en cuantía suficiente para satisfacer la totalidad de la deuda.

También están exentas las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión, a partir del 7 de julio de 2014, de acciones o participaciones de empresas de nueva o reciente creación que hayan permanecido en el patrimonio del contribuyente más de tres años, siempre que se cumplan una serie de requisitos.

Se establece un nuevo sistema de integración y compensación de rentas, de cara a favorecer la compensación de ciertas ganancias patrimoniales con las pérdidas derivadas de rendimientos de capital mobiliario derivados de deuda subordinada o participaciones preferentes.

Por último, en cuanto a deducciones por inversión empresarial, se prorroga la aplicación de deducciones por inversiones en bienes de interés cultural, por inversiones en producciones cinematográficas, audiovisuales y en edición de libros. Queda también prorrogada la deducción por gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de nuevas tecnologías de la comunicación y de la información.

SERPYME MAYO/15

(Todas las noticias publicadas en esta pagina son de elaboración propia. Prohibida su copia o difusión sin permiso expreso de los autores)

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