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Los indefinidos no fijos son temporales

Indefinidos no fijos_asesoria en leon

El TJUE ha resuelto recientemente una cuestión prejudicial a petición de un JS de Barcelona en la que se sometía a su consideración la aplicación de la Directiva 1999/70/CE, sobre trabajo de duración determinada, a un trabajador con la condición de indefinido no fijo.

La respuesta del órgano judicial ha sido rotunda: un trabajador que ha estado vinculado a su empleador del sector público mediante sucesivos contratos de trabajo de duración determinada y cuya relación laboral puede convertirse, como sanción, en “indefinida no fija” está comprendido en el ámbito de aplicación de la Directiva, esto es, tiene la condición de contrato temporal.

Para llegar esta resolución, toma en consideración dos elementos; por una parte,  la definición del “trabajador con contrato de duración determinada”, relación laboral en la que el final viene determinado por condiciones objetivas, tales como una fecha concreta, la realización de una obra o servicio determinado o la producción de un hecho o acontecimiento determinado; por otra, la clasificación que el EBEP hace del personal laboral, en función de la duración del contrato este podrá ser fijo, por tiempo indefinido o temporal.

El personal indefinido no fijo, creado por la jurisprudencia ante la contratación de duración determinada fraudulenta en el sector público, queda así definido como contrato de trabajo temporal; como afirma el TJUE, la conversión de la relación laboral en indefinida no fija es una sanción por el recurso abusivo a sucesivos contratos de trabajo de duración determinada, pero no modifica la propia naturaleza de estos contratos.

Si necesitas información sobre esta u otras cuestiones de índole Laboral, ¡contacta con nosotros!

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        Asesoría Laboral

         

        Auditoría Laboral:

        La normativa cambiante en materia laboral hace que nunca podamos estar seguros de que cumplimos correctamente con la misma, lo que podría exponernos a una Inspección de Trabajo o a reclamaciones por parte de nuestros trabajadores.

        Por ello, desde nuestro gabinete de Auditoría Laboral hemos preparado un protocolo para determinar de una manera ágil y segura si su empresa está debidamente asesorada y cumple con la totalidad de la normativa o si por el contrario, tiene algún punto flaco que pudiera causarle algún quebradero de cabeza sin que ni siquiera lo sospeche.

        Nuestro despacho cuenta con una experiencia de más de 30 años en este sector y con un gran equipo humano y material que hace que estemos perfectamente preparados para afrontar un análisis de su empresa con todas las garantías y profesionalidad.

        El resultado de la Auditoría Laboral quedará fielmente reflejado en un informe adaptado y personalizado que revelará si efectivamente estás debidamente asesorado. En caso de que no fuera así, ponemos a tu disposición los medios para corregir los errores que puedan ser detectados y de esta manera, situar a tu negocio dentro de la legalidad vigente.

        Alcance de la auditoria:

        • Obligaciones de la empresa y los trabajadores.
        • Relación jurídica de los Socios, Administradores y directivos, así como sus retribuciones.
        • Contratación Laboral.
        • Contratas y subcontratas. Autónomos económicamente dependientes.
        • Clasificación profesional y movilidad funcional.
        • Tiempo de trabajo, descansos y permisos.
        • Salarios y retribuciones.
        • Seguridad Social y todas sus obligaciones.
        • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
        • Suspensión y extinciones de la relación laboral.
        • Representantes legales de los trabajadores.
        • Seguridad y Salud Laboral.
        • Procesos Judiciales pendientes.

        No esperes a que las consecuencias sean irreparables, contacta con nosotros y comprobarás personalmente nuestra seriedad y profesionalidad, pudiendo resultar dicha auditoría totalmente gratuita (*)

        Cualquier momento es idóneo para realizar un borrón y cuenta nueva en la gestión laboral de tu empresa; aprovéchalo y haga que esta área deje de ser una preocupación.

         

        (*) Si una vez emitido el informe deseara contratar los servicios de nuestro despacho.

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