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COMIENZA LA CAMPAÑA DE RENTA 2017

 

El pasado día 15 de marzo, ha dado comienzo la Campaña de Renta 2017. Este año estamos ante la campaña más larga, ya que se ha adelantado unas 3 semanas respecto a los plazos que normalmente maneja la Agencia Tributaria.

Se ha habilitado la posibilidad de presentar la declaración de la renta a través del teléfono móvil, mediante la aplicación de la AEAT.

Este año, el plazo para presentar declaraciones será desde el 4 de abril hasta el 2 de julio, al coincidir en sábado el habitual plazo de 30 de junio. En el caso de declaraciones con resultado a ingresar, el plazo para su domiciliación finaliza el 27 de junio.

Si bien aún no se podrá presentar la declaración hasta el día 4 de abril, desde ayer podemos obtener nuestra referencia y acceder a nuestros datos fiscales.

Para la obtención del número de referencia y poder acceder a los servicios de tramitación de Renta, se utiliza el Servicio RENØ. Como novedad este año, no se recibirá un SMS, si no que la referencia aparecerá directamente en pantalla, bien del ordenador, bien del dispositivo en el que se utilice la app de la Agencia. El número de referencia se obtendrá mediante la casilla 450 de la renta del ejercicio 2016, con la Cl@ve PIN o con el certificado electrónico.

También está disponible desde ayer, 15 de marzo el servicio de Renta WEB Open Simulador, con el que se podrán realizar en la propia página de la AEAT pruebas de posibles declaraciones, siempre y cuando se trate de un contribuyente que pueda declarar mediante el sistema Renta WEB.

En próximas publicaciones detallaremos novedades de la declaración de Renta 2017.

SERPYME 19/03/18

 (Todas las noticias publicadas en esta pagina son de elaboración propia. Queda prohibida su copia o difusión sin permiso expreso de los autores)    

 

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        Asesoría Laboral

         

        Auditoría Laboral:

        La normativa cambiante en materia laboral hace que nunca podamos estar seguros de que cumplimos correctamente con la misma, lo que podría exponernos a una Inspección de Trabajo o a reclamaciones por parte de nuestros trabajadores.

        Por ello, desde nuestro gabinete de Auditoría Laboral hemos preparado un protocolo para determinar de una manera ágil y segura si su empresa está debidamente asesorada y cumple con la totalidad de la normativa o si por el contrario, tiene algún punto flaco que pudiera causarle algún quebradero de cabeza sin que ni siquiera lo sospeche.

        Nuestro despacho cuenta con una experiencia de más de 30 años en este sector y con un gran equipo humano y material que hace que estemos perfectamente preparados para afrontar un análisis de su empresa con todas las garantías y profesionalidad.

        El resultado de la Auditoría Laboral quedará fielmente reflejado en un informe adaptado y personalizado que revelará si efectivamente estás debidamente asesorado. En caso de que no fuera así, ponemos a tu disposición los medios para corregir los errores que puedan ser detectados y de esta manera, situar a tu negocio dentro de la legalidad vigente.

        Alcance de la auditoria:

        • Obligaciones de la empresa y los trabajadores.
        • Relación jurídica de los Socios, Administradores y directivos, así como sus retribuciones.
        • Contratación Laboral.
        • Contratas y subcontratas. Autónomos económicamente dependientes.
        • Clasificación profesional y movilidad funcional.
        • Tiempo de trabajo, descansos y permisos.
        • Salarios y retribuciones.
        • Seguridad Social y todas sus obligaciones.
        • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
        • Suspensión y extinciones de la relación laboral.
        • Representantes legales de los trabajadores.
        • Seguridad y Salud Laboral.
        • Procesos Judiciales pendientes.

        No esperes a que las consecuencias sean irreparables, contacta con nosotros y comprobarás personalmente nuestra seriedad y profesionalidad, pudiendo resultar dicha auditoría totalmente gratuita (*)

        Cualquier momento es idóneo para realizar un borrón y cuenta nueva en la gestión laboral de tu empresa; aprovéchalo y haga que esta área deje de ser una preocupación.

         

        (*) Si una vez emitido el informe deseara contratar los servicios de nuestro despacho.

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