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ULTIMAS NOTICIAS EN RELACIÓN A LOS APLAZAMIENTOS

     

Tras la publicación el pasado día 13 de enero, de una noticia en la página de la Agencia Tributaria, de la que informamos en nuestro último post, a día de hoy hay nuevas noticias en relación con la posibilidad de aplazar deudas de IVA.

Según una nueva instrucción dirigida a los funcionarios de la Agencia tributaria, todas las deudas de IVA, inferiores a 30.000 euros, podrán ser aplazadas y se resolverán a través de un procedimiento automatizado, tanto si la solicitan autónomos, personas físicas, como si la solicitan empresas, personas jurídicas (sociedades). Los plazos máximos que se podrán conceder, siempre con pagos mensuales, serán de 12 meses para personas físicas y de 6 meses para sociedades.

Es importante matizar que la cifra de 30.000 euros no se refiere a la declaración para la cual se solicita el aplazamiento, si no para el total de deudas pendientes. Es decir, se suman las deudas de la declaración a aplazar más los importes pendientes de resolver sobre su aplazamiento y vencimientos pendientes de otros fraccionamientos, siempre y cuando no estén garantizados con aval.

 

Para deudas de más de 30.000 euros, se podrá solicitar aplazamiento, pero habrá que demostrar que las cuotas de IVA no han sido cobradas, además de aportar un aval o garantía, manteniéndose esta obligación igual que antes. 

SERPYME 20/1/17

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        Asesoría Laboral

         

        Auditoría Laboral:

        La normativa cambiante en materia laboral hace que nunca podamos estar seguros de que cumplimos correctamente con la misma, lo que podría exponernos a una Inspección de Trabajo o a reclamaciones por parte de nuestros trabajadores.

        Por ello, desde nuestro gabinete de Auditoría Laboral hemos preparado un protocolo para determinar de una manera ágil y segura si su empresa está debidamente asesorada y cumple con la totalidad de la normativa o si por el contrario, tiene algún punto flaco que pudiera causarle algún quebradero de cabeza sin que ni siquiera lo sospeche.

        Nuestro despacho cuenta con una experiencia de más de 30 años en este sector y con un gran equipo humano y material que hace que estemos perfectamente preparados para afrontar un análisis de su empresa con todas las garantías y profesionalidad.

        El resultado de la Auditoría Laboral quedará fielmente reflejado en un informe adaptado y personalizado que revelará si efectivamente estás debidamente asesorado. En caso de que no fuera así, ponemos a tu disposición los medios para corregir los errores que puedan ser detectados y de esta manera, situar a tu negocio dentro de la legalidad vigente.

        Alcance de la auditoria:

        • Obligaciones de la empresa y los trabajadores.
        • Relación jurídica de los Socios, Administradores y directivos, así como sus retribuciones.
        • Contratación Laboral.
        • Contratas y subcontratas. Autónomos económicamente dependientes.
        • Clasificación profesional y movilidad funcional.
        • Tiempo de trabajo, descansos y permisos.
        • Salarios y retribuciones.
        • Seguridad Social y todas sus obligaciones.
        • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
        • Suspensión y extinciones de la relación laboral.
        • Representantes legales de los trabajadores.
        • Seguridad y Salud Laboral.
        • Procesos Judiciales pendientes.

        No esperes a que las consecuencias sean irreparables, contacta con nosotros y comprobarás personalmente nuestra seriedad y profesionalidad, pudiendo resultar dicha auditoría totalmente gratuita (*)

        Cualquier momento es idóneo para realizar un borrón y cuenta nueva en la gestión laboral de tu empresa; aprovéchalo y haga que esta área deje de ser una preocupación.

         

        (*) Si una vez emitido el informe deseara contratar los servicios de nuestro despacho.

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