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LA LEY DE MUTUAS QUE VIENE

Como ya os anunciamos en nuestra anterior noticia, se está tramitando el anteproyecto de la Ley de Mutuas de la Seguridad Social, que se prevé aprobar hacia mediados de año y contiene importantes cambios que consideramos os resulten de interés.

 

        Además de la regulación general de su formación, estructura, etc., el anteproyecto incluye las competencias en la gestión de la incapacidad temporal, los plazos de vigencia de la asociación, y una nueva regulación del cese de actividad de los autónomos.

 

          En primer término, se reconoce sin fisuras la competencia de las Mutuas para declarar el derecho a la prestación económica de incapacidad temporal por contingencias comunes e indiferenciadas, así como para su denegación, suspensión, anulación y extinción. También podrán colaborar con sus medios en la realización de pruebas y tratamientos a los trabajadores, siempre con autorización del Servicio Público de Salud y el consentimiento del enfermo. Desde el primer día de baja, la Mutua podrá intervenir en el control y seguimiento del proceso.

 

          Por otra parte, se regula el plazo de vigencia de los Convenios de Asociación y los Documentos de Adhesión que suscriben empresas y autónomos con las Mutuas, que será de tres años, si bien cuando entre en vigor la norma podrán solicitarse los cambios de Mutua en los dos meses siguientes, siempre que ya se ha consumido este plazo con anterioridad. Para los trabajadores incluidos en el R. E. T. Autónomos, el cambio se hará efectivo el 1 de enero del año siguiente.

 

      Finalmente, respecto de la protección por cese de actividad de los autónomos se anuncia su carácter obligatorio, pero independiente de la cobertura de las contingencias profesionales; es decir, no será obligatorio tener asegurados A.T. y E. P., pero sí el cese de actividad. Las condiciones para la obtención del pago en caso de cese, temporal o definitivo, se flexibilizan y adecúan a las distintas realidades económicas y contables de los autónomos asegurados. 

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        Asesoría Laboral

         

        Auditoría Laboral:

        La normativa cambiante en materia laboral hace que nunca podamos estar seguros de que cumplimos correctamente con la misma, lo que podría exponernos a una Inspección de Trabajo o a reclamaciones por parte de nuestros trabajadores.

        Por ello, desde nuestro gabinete de Auditoría Laboral hemos preparado un protocolo para determinar de una manera ágil y segura si su empresa está debidamente asesorada y cumple con la totalidad de la normativa o si por el contrario, tiene algún punto flaco que pudiera causarle algún quebradero de cabeza sin que ni siquiera lo sospeche.

        Nuestro despacho cuenta con una experiencia de más de 30 años en este sector y con un gran equipo humano y material que hace que estemos perfectamente preparados para afrontar un análisis de su empresa con todas las garantías y profesionalidad.

        El resultado de la Auditoría Laboral quedará fielmente reflejado en un informe adaptado y personalizado que revelará si efectivamente estás debidamente asesorado. En caso de que no fuera así, ponemos a tu disposición los medios para corregir los errores que puedan ser detectados y de esta manera, situar a tu negocio dentro de la legalidad vigente.

        Alcance de la auditoria:

        • Obligaciones de la empresa y los trabajadores.
        • Relación jurídica de los Socios, Administradores y directivos, así como sus retribuciones.
        • Contratación Laboral.
        • Contratas y subcontratas. Autónomos económicamente dependientes.
        • Clasificación profesional y movilidad funcional.
        • Tiempo de trabajo, descansos y permisos.
        • Salarios y retribuciones.
        • Seguridad Social y todas sus obligaciones.
        • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
        • Suspensión y extinciones de la relación laboral.
        • Representantes legales de los trabajadores.
        • Seguridad y Salud Laboral.
        • Procesos Judiciales pendientes.

        No esperes a que las consecuencias sean irreparables, contacta con nosotros y comprobarás personalmente nuestra seriedad y profesionalidad, pudiendo resultar dicha auditoría totalmente gratuita (*)

        Cualquier momento es idóneo para realizar un borrón y cuenta nueva en la gestión laboral de tu empresa; aprovéchalo y haga que esta área deje de ser una preocupación.

         

        (*) Si una vez emitido el informe deseara contratar los servicios de nuestro despacho.

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