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HOY ENTRA EN VIGOR EL RÉGIMEN SANCIONADOR EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS

En el BOE de ayer lunes 30 de julio,  se publicó el Real Decreto Ley 5/2018 de medidas urgentes para la adaptación del Derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia de protección de datos, que entra en vigor hoy día 31 de julio.   El objeto de este RDL es adecuar al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) determinados aspectos de nuestro ordenamiento que no son objeto de rango orgánico, tales como las competencias de investigación de la Agencia Española de Protección de Datos y el régimen sancionador aplicable en caso de incumplimiento. 

Con la aprobación de este RDL que hoy entra en vigor y que lo estará hasta la aprobación de la ley orgánica que actualmente se encuentra en sede parlamentaria, se determinan diversos aspectos, tales como los sujetos a los que les es aplicable el régimen sancionador,  el personal competente para realizar la labor de investigación y se establece el nuevo régimen de sanciones  conforme a la norma europea, reemplazándose los tipos infractores contenidos en la Ley de Protección de Datos de 1999.   

Así mismo, el RDL establece un margen para adecuar los contratos de encargo de tratamiento a lo establecido por el Reglamento europeo, con fecha límite 25 de mayo de 2022, si bien se establece que durante el plazo de vigencia, tanto los Responsables del Tratamiento como los Encargados podrán exigir a la otra parte la modificación del contrato para su adecuación a lo establecido en el Reglamento Europeo.

Recuerda que si aún no has adecuado tu empresa a la nueva normativa,  SERPYME te ofrece un servicio de asesoramiento completo  a través de su consultora PRODAFOR.

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        Asesoría Laboral

         

        Auditoría Laboral:

        La normativa cambiante en materia laboral hace que nunca podamos estar seguros de que cumplimos correctamente con la misma, lo que podría exponernos a una Inspección de Trabajo o a reclamaciones por parte de nuestros trabajadores.

        Por ello, desde nuestro gabinete de Auditoría Laboral hemos preparado un protocolo para determinar de una manera ágil y segura si su empresa está debidamente asesorada y cumple con la totalidad de la normativa o si por el contrario, tiene algún punto flaco que pudiera causarle algún quebradero de cabeza sin que ni siquiera lo sospeche.

        Nuestro despacho cuenta con una experiencia de más de 30 años en este sector y con un gran equipo humano y material que hace que estemos perfectamente preparados para afrontar un análisis de su empresa con todas las garantías y profesionalidad.

        El resultado de la Auditoría Laboral quedará fielmente reflejado en un informe adaptado y personalizado que revelará si efectivamente estás debidamente asesorado. En caso de que no fuera así, ponemos a tu disposición los medios para corregir los errores que puedan ser detectados y de esta manera, situar a tu negocio dentro de la legalidad vigente.

        Alcance de la auditoria:

        • Obligaciones de la empresa y los trabajadores.
        • Relación jurídica de los Socios, Administradores y directivos, así como sus retribuciones.
        • Contratación Laboral.
        • Contratas y subcontratas. Autónomos económicamente dependientes.
        • Clasificación profesional y movilidad funcional.
        • Tiempo de trabajo, descansos y permisos.
        • Salarios y retribuciones.
        • Seguridad Social y todas sus obligaciones.
        • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
        • Suspensión y extinciones de la relación laboral.
        • Representantes legales de los trabajadores.
        • Seguridad y Salud Laboral.
        • Procesos Judiciales pendientes.

        No esperes a que las consecuencias sean irreparables, contacta con nosotros y comprobarás personalmente nuestra seriedad y profesionalidad, pudiendo resultar dicha auditoría totalmente gratuita (*)

        Cualquier momento es idóneo para realizar un borrón y cuenta nueva en la gestión laboral de tu empresa; aprovéchalo y haga que esta área deje de ser una preocupación.

         

        (*) Si una vez emitido el informe deseara contratar los servicios de nuestro despacho.

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