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SUPRESIÓN DEL PAGO DIRECTO DEL FOGASA

El Fondo de Garantía Salarial dejará de pagar los 8 días (40%) de indemnización por despido objetivo previstas en el art. 33.8 del Estatuto de los Trabajadores, la llamada responsabilidad directa que, desde julio del pasado año y después de algunas vueltas y reducciones, venía pagando directamente a los trabajadores despedidos por razones económicas, productivas, etc. en empresas de menos de 25 trabajadores.

La derogación de este precepto legal fue aprobada mediante la enmienda 2997 introducida por el Grupo Popular en el Senado, enmienda de adición que se materializará en la Disposición Final Cuarta Bis de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, entrando en vigor el 1 de enero de 2014: “Con efectos del 1 de enero de 2014 y vigencia indefinida, se suprime el apartado 8 del art. 33 del Real Decreto Legislativo (…)”. En las tres líneas escasas en que se expone la justificación de esta enmienda se reitera, como no, la finalidad de desincentivar el despido y fomentar el mantenimiento del empleo… a ver si repitiendo el deseo se convierte en realidad.

Habrá que ver si, reducido el contenido del aseguramiento por el FOGASA, se revisará a la baja el importe de las cuotas que pagan en exclusiva las empresas por este concepto.  

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        Asesoría Laboral

         

        Auditoría Laboral:

        La normativa cambiante en materia laboral hace que nunca podamos estar seguros de que cumplimos correctamente con la misma, lo que podría exponernos a una Inspección de Trabajo o a reclamaciones por parte de nuestros trabajadores.

        Por ello, desde nuestro gabinete de Auditoría Laboral hemos preparado un protocolo para determinar de una manera ágil y segura si su empresa está debidamente asesorada y cumple con la totalidad de la normativa o si por el contrario, tiene algún punto flaco que pudiera causarle algún quebradero de cabeza sin que ni siquiera lo sospeche.

        Nuestro despacho cuenta con una experiencia de más de 30 años en este sector y con un gran equipo humano y material que hace que estemos perfectamente preparados para afrontar un análisis de su empresa con todas las garantías y profesionalidad.

        El resultado de la Auditoría Laboral quedará fielmente reflejado en un informe adaptado y personalizado que revelará si efectivamente estás debidamente asesorado. En caso de que no fuera así, ponemos a tu disposición los medios para corregir los errores que puedan ser detectados y de esta manera, situar a tu negocio dentro de la legalidad vigente.

        Alcance de la auditoria:

        • Obligaciones de la empresa y los trabajadores.
        • Relación jurídica de los Socios, Administradores y directivos, así como sus retribuciones.
        • Contratación Laboral.
        • Contratas y subcontratas. Autónomos económicamente dependientes.
        • Clasificación profesional y movilidad funcional.
        • Tiempo de trabajo, descansos y permisos.
        • Salarios y retribuciones.
        • Seguridad Social y todas sus obligaciones.
        • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
        • Suspensión y extinciones de la relación laboral.
        • Representantes legales de los trabajadores.
        • Seguridad y Salud Laboral.
        • Procesos Judiciales pendientes.

        No esperes a que las consecuencias sean irreparables, contacta con nosotros y comprobarás personalmente nuestra seriedad y profesionalidad, pudiendo resultar dicha auditoría totalmente gratuita (*)

        Cualquier momento es idóneo para realizar un borrón y cuenta nueva en la gestión laboral de tu empresa; aprovéchalo y haga que esta área deje de ser una preocupación.

         

        (*) Si una vez emitido el informe deseara contratar los servicios de nuestro despacho.

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