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PLAZO PARA EL DEPÓSITO DE LA FIANZA DE CONTRATOS DE ALQUILER EN LA CÁMARA DE LA PROPIEDAD

Recientemente se ha aprobado la Ley del Derecho a la Vivienda de Castilla y León, en la que se establece la obligación de los arrendadores a depositar las fianzas de los contratos de alquiler de fincas urbanas. Dicho depósito se debe realizar en la Cámara de la Propiedad Urbana en el plazo de un mes desde la formalización del contrato. El importe de la fianza es el correspondiente a una mensualidad en caso de viviendas y de dos mensualidades cuando se trate de otro tipo de inmuebles (locales, oficinas, etc.) 

Se establecen importantes sanciones en caso de incumplimiento, comenzando por 3.000 euros de sanción para fianzas inferiores a 600 euros. Para fianzas entre 600 y 6.000 euros la sanción mínima será de 3.001 euros, pudiendo llegar a los 15.000 y, por último, para fianzas superiores a 6.000 euros, la sanción mínima será de 15.001 euros y puede alcanzar los 90.000.

La sanción no se liquida de forma automática, sino que está sujeta a que el contrato de arrendamiento sea objeto de inspección.  Sin embargo, y debido a lo elevado de las sanciones, hay que tener muy en cuenta el plazo y proceder al depósito de la fianza dentro del mismo.

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        Asesoría Laboral

         

        Auditoría Laboral:

        La normativa cambiante en materia laboral hace que nunca podamos estar seguros de que cumplimos correctamente con la misma, lo que podría exponernos a una Inspección de Trabajo o a reclamaciones por parte de nuestros trabajadores.

        Por ello, desde nuestro gabinete de Auditoría Laboral hemos preparado un protocolo para determinar de una manera ágil y segura si su empresa está debidamente asesorada y cumple con la totalidad de la normativa o si por el contrario, tiene algún punto flaco que pudiera causarle algún quebradero de cabeza sin que ni siquiera lo sospeche.

        Nuestro despacho cuenta con una experiencia de más de 30 años en este sector y con un gran equipo humano y material que hace que estemos perfectamente preparados para afrontar un análisis de su empresa con todas las garantías y profesionalidad.

        El resultado de la Auditoría Laboral quedará fielmente reflejado en un informe adaptado y personalizado que revelará si efectivamente estás debidamente asesorado. En caso de que no fuera así, ponemos a tu disposición los medios para corregir los errores que puedan ser detectados y de esta manera, situar a tu negocio dentro de la legalidad vigente.

        Alcance de la auditoria:

        • Obligaciones de la empresa y los trabajadores.
        • Relación jurídica de los Socios, Administradores y directivos, así como sus retribuciones.
        • Contratación Laboral.
        • Contratas y subcontratas. Autónomos económicamente dependientes.
        • Clasificación profesional y movilidad funcional.
        • Tiempo de trabajo, descansos y permisos.
        • Salarios y retribuciones.
        • Seguridad Social y todas sus obligaciones.
        • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
        • Suspensión y extinciones de la relación laboral.
        • Representantes legales de los trabajadores.
        • Seguridad y Salud Laboral.
        • Procesos Judiciales pendientes.

        No esperes a que las consecuencias sean irreparables, contacta con nosotros y comprobarás personalmente nuestra seriedad y profesionalidad, pudiendo resultar dicha auditoría totalmente gratuita (*)

        Cualquier momento es idóneo para realizar un borrón y cuenta nueva en la gestión laboral de tu empresa; aprovéchalo y haga que esta área deje de ser una preocupación.

         

        (*) Si una vez emitido el informe deseara contratar los servicios de nuestro despacho.

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