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CAMPAÑA DE RENTA 2016 (a presentar en 2017)

 

Hoy día 5 de abril comienza la campaña de renta 2016, pero sólo para la presentación telemática, la presentación presencial podrá realizarse desde el día 11 de mayo. El plazo, como es habitual, se extiende hasta el 30 de junio (26 de junio si el resultado es a ingresar y se opta por la domiciliación bancaria para su pago).

La gran novedad de este año es la total desaparición del programa PADRE, el programa de ayuda de la Agencia Tributaria, que se sustituye por el servicio de tramitación del borrador/declaración (Renta Web). Ya el año pasado este programa quedó relegado a un segundo plano, siendo aplicable sólo a las declaraciones de contribuyentes con actividades económicas.

Este año, la Agencia Tributaria pone a disposición de todos los contribuyentes el borrador, sea cual sea el origen de su renta. Como siempre, hay que tener en cuenta que la confirmación del borrador que se nos facilite no exime de cometer errores, ya que puede faltar información y Hacienda sigue descargando en el contribuyente la responsabilidad de consignar la totalidad de datos necesarios para la correcta declaración de renta. Por lo tanto, será imprescindible revisar con detalle la información facilitada por la AEAT para corregirla o completarla en caso de ser necesario.

Se mantiene el mecanismo de obtención de un número de referencia para acceder al borrador o datos fiscales a través de la web de la Agencia Tributaria. Los datos para obtener la referencia son los habituales (NIF, cifra de la casilla 440 de la renta de 2015 y un número de teléfono en el que se desee recibir la referencia a través de un SMS).

En un próximo post informaremos acerca de las novedades en cuanto a la normativa a aplicar en esta campaña de renta, ya que se han producido algunos cambios legislativos en aspectos tan relevantes a día de hoy como la devolución derivada de las cláusulas suelo.

Les recordamos que, durante los meses de mayo y junio, les ofrecemos nuestros servicios para presentar la declaración de la renta.

 SERPYME 5/ABRIL/2017

(Todas las noticias publicadas en esta pagina son de elaboración propia. Queda prohibida su copia o difusión sin permiso expreso de los autores)   

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        Asesoría Laboral

         

        Auditoría Laboral:

        La normativa cambiante en materia laboral hace que nunca podamos estar seguros de que cumplimos correctamente con la misma, lo que podría exponernos a una Inspección de Trabajo o a reclamaciones por parte de nuestros trabajadores.

        Por ello, desde nuestro gabinete de Auditoría Laboral hemos preparado un protocolo para determinar de una manera ágil y segura si su empresa está debidamente asesorada y cumple con la totalidad de la normativa o si por el contrario, tiene algún punto flaco que pudiera causarle algún quebradero de cabeza sin que ni siquiera lo sospeche.

        Nuestro despacho cuenta con una experiencia de más de 30 años en este sector y con un gran equipo humano y material que hace que estemos perfectamente preparados para afrontar un análisis de su empresa con todas las garantías y profesionalidad.

        El resultado de la Auditoría Laboral quedará fielmente reflejado en un informe adaptado y personalizado que revelará si efectivamente estás debidamente asesorado. En caso de que no fuera así, ponemos a tu disposición los medios para corregir los errores que puedan ser detectados y de esta manera, situar a tu negocio dentro de la legalidad vigente.

        Alcance de la auditoria:

        • Obligaciones de la empresa y los trabajadores.
        • Relación jurídica de los Socios, Administradores y directivos, así como sus retribuciones.
        • Contratación Laboral.
        • Contratas y subcontratas. Autónomos económicamente dependientes.
        • Clasificación profesional y movilidad funcional.
        • Tiempo de trabajo, descansos y permisos.
        • Salarios y retribuciones.
        • Seguridad Social y todas sus obligaciones.
        • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
        • Suspensión y extinciones de la relación laboral.
        • Representantes legales de los trabajadores.
        • Seguridad y Salud Laboral.
        • Procesos Judiciales pendientes.

        No esperes a que las consecuencias sean irreparables, contacta con nosotros y comprobarás personalmente nuestra seriedad y profesionalidad, pudiendo resultar dicha auditoría totalmente gratuita (*)

        Cualquier momento es idóneo para realizar un borrón y cuenta nueva en la gestión laboral de tu empresa; aprovéchalo y haga que esta área deje de ser una preocupación.

         

        (*) Si una vez emitido el informe deseara contratar los servicios de nuestro despacho.

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