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YA TENEMOS DISPONIBLE EL CALENDARIO LABORAL PARA 2017

Aún pendiente de publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia las fiestas locales, que en la ciudad y su área de influencia serán sin dudas el 24 de junio y el 5 de octubre, ya estamos comenzando a preparar los calendarios para el próximo año, que en las próximas semanas os haremos llegar.

 

En el mes de enero, los dos festivos de las fiestas navideñas se sitúan en la misma semana, lunes 2 (por traslado de Año Nuevo) y viernes 6, Epifanía del Señor (día de Reyes, para profanos).

 

          La Semana Santa cae los días 13 y 14 de abril; y el día 24 de este mes (lunes) también es festivo por traslado de la Fiesta de la Comunidad Autónoma.

Y otro lunes festivo es el 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.

 

          Propicios para puentes se presentan los festivos del 15 de agosto (martes) y 12 de octubre (jueves), a los que se suma en León el 5 de octubre, también jueves. El día de San Juan, por compensar, se diluye en un sábado.

 

          El día de Todos los Santos es miércoles en 2017, como también el 6 de diciembre, día de la Constitución, sirviendo al puente tendido hacia el viernes día 8, la Inmaculada. Por último, el día de Navidad será lunes, lo que vuelve a dejar un fin de semana largo para celebrar esta fiesta familiar.

 

          Si queréis consultar los festivos en otras Comunidades Autónomas, os facilitamos en el enlace siguiente el cuadro con las fechas de las fiestas a nivel nacional: http://www.boe.es/boe/dias/2016/10/08/pdfs/BOE-A-2016-9244.pdf

 

 

                                                                     SERPYME  //  13.12.2016

(Todas las noticias publicadas en esta pagina son de elaboración propia. Queda prohibida su copia o difusión sin permiso expreso de los autores)   

 

 

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        Asesoría Laboral

         

        Auditoría Laboral:

        La normativa cambiante en materia laboral hace que nunca podamos estar seguros de que cumplimos correctamente con la misma, lo que podría exponernos a una Inspección de Trabajo o a reclamaciones por parte de nuestros trabajadores.

        Por ello, desde nuestro gabinete de Auditoría Laboral hemos preparado un protocolo para determinar de una manera ágil y segura si su empresa está debidamente asesorada y cumple con la totalidad de la normativa o si por el contrario, tiene algún punto flaco que pudiera causarle algún quebradero de cabeza sin que ni siquiera lo sospeche.

        Nuestro despacho cuenta con una experiencia de más de 30 años en este sector y con un gran equipo humano y material que hace que estemos perfectamente preparados para afrontar un análisis de su empresa con todas las garantías y profesionalidad.

        El resultado de la Auditoría Laboral quedará fielmente reflejado en un informe adaptado y personalizado que revelará si efectivamente estás debidamente asesorado. En caso de que no fuera así, ponemos a tu disposición los medios para corregir los errores que puedan ser detectados y de esta manera, situar a tu negocio dentro de la legalidad vigente.

        Alcance de la auditoria:

        • Obligaciones de la empresa y los trabajadores.
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        • Contratas y subcontratas. Autónomos económicamente dependientes.
        • Clasificación profesional y movilidad funcional.
        • Tiempo de trabajo, descansos y permisos.
        • Salarios y retribuciones.
        • Seguridad Social y todas sus obligaciones.
        • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
        • Suspensión y extinciones de la relación laboral.
        • Representantes legales de los trabajadores.
        • Seguridad y Salud Laboral.
        • Procesos Judiciales pendientes.

        No esperes a que las consecuencias sean irreparables, contacta con nosotros y comprobarás personalmente nuestra seriedad y profesionalidad, pudiendo resultar dicha auditoría totalmente gratuita (*)

        Cualquier momento es idóneo para realizar un borrón y cuenta nueva en la gestión laboral de tu empresa; aprovéchalo y haga que esta área deje de ser una preocupación.

         

        (*) Si una vez emitido el informe deseara contratar los servicios de nuestro despacho.

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